Estatutos de la Academia Científica de la Universidad Diego Portales
TITULO I
DE LA DEFINICIÓN
Artículo 1ª
La Academia Científica de Estudiantes de Medicina de la Universidad Diego Portales,
(ACEM-UDP), es una agrupación que integra a Estudiantes de Medicina de la Facultad de
Medicina que pretende crear un espacio dentro de la Universidad para los alumnos que se
interesen en la investigación y el desarrollo científico, para que puedan reunirse y realizar
distintas actividades relacionadas con este tema. No obstante, ACEM-UDP será motor de
actividades que incluyan temas no científicos como Educación Médica, Bioética,
Relaciones entre la medicina y otros temas, con el fin de entregar una perspectiva global al
estudiante de Medicina.
Artículo 2ª
ACEM-UDP, en su funcionamiento es independiente de otras organizaciones estudiantiles u
otras formas de participación de los estudiantes, docentes y profesionales, sean del área de
la investigación o de otra, tanto dentro como fuera de la Universidad. Por lo tanto, no ha
lugar ninguna posición política, religiosa, u otro parámetro discriminativo dentro de la
Academia. No se hará referencia pública de ninguno de los temas anteriormente
mencionados.
Artículo 3ª
Se podrá trabajar en conjunto con el Centro de Estudiantes de Medicina, con la FEDEP, con
la Dirección de Escuela y con cualquier otro organismo que sea pertinente a cada caso en
particular. Propendiendo al desarrollo de investigación, contribuyendo así a la formación
integral del alumno de medicina que tenga mayor interés en esta área.
Artículo 4°
ACEM-UDP está ubicada físicamente en el edificio de la Facultad de Medicina de la
Universidad Diego Portales, en Ejército Libertador n°233, oficina 415, Santiago de Chile.
TITULO II
DE LOS OBJETIVOS
Toda acción o proyecto de ACEM-UDP, se desarrollará en relación a cuatro bases:
Formación, Ética, Gestión, Excelencia, sobre las cuales se construirá el sistema de trabajo y
constituirá los medios y objetivos de la academia.
1. Formación del desarrollo del pensamiento científico: el objetivo de la ACEM-UDP, es
complementar el crecimiento y desarrollo de sus participantes, en el área científica
motivando el diálogo y el intercambio de conocimientos, opiniones e información entre los
mismos y su autoformación. Se debe velar porque cada acción realizada genere el mayor
rendimiento en cuanto a la experiencia para su crecimiento, incentivando la utilización de
los conocimientos adquiridos en el taller de investigación.
2. Ética, en base a los conceptos de la bioética actual y su futuro desarrollo. Las acciones
realizadas por ACEM-UDP, deben ser cuestionadas y revisadas a luz de los conceptos de
no maleficencia, además orientando las mismas a los principios de beneficencia, dándole
énfasis al desarrollo tanto académico como personal; justicia, permitiendo a todo aquel que
se interese a participar activamente de la generación de ideas, proyectos y actividades,
autonomía, permitiendo la libre elección de temas y actividades a desarrollar en el contexto
de la ACEM-UDP.
3. Gestión, es parte de la investigación científica y de la práctica del profesional de la salud
también; la capacidad de generar un proyecto, obtener financiamiento, apoyo, generar
interés en el mismo, el concepto de los tiempos, del liderazgo, del rol de cada integrante
dentro de un equipo, etc. no solo representan una ayuda para la labor científica, sino que
cada día se vuelven más imprescindibles. Este deberá ser incluido, como parte de las
habilidades que el participante desarrollará a través de las acciones realizadas. Será aplicada
en las todas las actividades de los miembros.
4. Excelencia, será intención de la ACEMUDP, motivar, sin restringir, a sus participantes a
buscar mayores beneficios, tanto para ellos, como a los beneficiados por su trabajo, al
momento de plantearse sus proyectos a desarrollar, buscando aproximarse a entender y
estudiar las problemáticas de nuestra sociedad, siendo la excelencia un medio para lograr
estos objetivos.
Artículo 5º
Promover la investigación, estudio y difusión de la ciencia entre los Estudiantes del Área de
la Salud. Además, se preocupará de otros temas relevantes, no necesariamente científicos,
para la formación médica.
Artículo 6º
Fomentar las actividades científicas de los Estudiantes del Área de la Salud en el campo
teórico y experimental.
Artículo 7º
Promover la excelencia académica de los Estudiantes del Área de la Salud, y su
participación en las actividades universitarias, que aporten a su desarrollo profesional.
Artículo 8º
Para dar cumplimiento a los artículos 5º, 6º y 7º, de ACEM-UDP se propone:
a) Estimular, a través de una difusión adecuada, el interés de la comunidad por conocer
la ciencia, y utilizar las diferentes técnicas que nacen de ella.
b) Realizar un CICLO DE ACTIVIDADES, dirigido a los alumnos de la Facultad,
interesados en participar de ACEM-UDP, en que se revisen los temas que se
consideren apropiados para el cumplimiento de los artículos señalados y el posterior
desarrollo de los alumnos interesados en seguir como miembros. Este ciclo se
realizara planificado por los DIRECTORES y los miembros de ACEM-UDP; y
coordinado con el Centro de Alumnos de Medicina y con las Autoridades de la
Escuela según corresponda.
c) Realizar reuniones periódicas (Asambleas Ordinarias), para organizar y evaluar los
contenidos a tratar en el CICLO DE ACTIVIDADES mencionado en el punto b), así
como organizar otras actividades anexas (Asambleas Extraordinarias) que
complementen los objetivos del mismo.
d) Relacionarse con entidades nacionales y extranjeras que desarrollen actividades
científicas y/o formativas manteniendo eficientes conductos de información con la
ACEM-UDP.
e) Incentivar y apoyar la asistencia y participación de alumnos investigadores a
congresos nacionales y extranjeros, intermediando con los organismos
correspondientes para facilitarles dicha participación en lo académico y económico.
f) Realizar Reuniones Científicas, en las cuales los miembros activos expongan,
comenten y discutan sus trabajos de investigación, en forma periódica.
g) Mantener eficientes conductos de comunicación entre los miembros de ACEM-UDP
con el Centro de Alumnos de Medicina, con la Dirección de Escuela y con otros
organismos que sean pertinentes.
TITULO III
DE LOS MIEMBROS
Artículo 9ª
ACEM-UDP para efectos de Organización y un eficiente manejo administrativo estará
formada por distintas calidades de miembros, los que se definirán a continuación: Para optar
a ser miembro se deberá cumplir primero con los siguientes requisitos:
Requisitos para postular a ser miembro:
Ser alumno regular de la Facultad de Medicina de la Universidad Diego Portales. - Conocer
y adoptar el Estatuto vigente de ACEM-UDP.
1.- MIEMBRO ACTIVO: Será Miembro Activo de ACEM-UDP, aquel estudiante de
Medicina de la Universidad Diego Portales que: - Que cumpla con los siguientes puntos:
• Que haya cancelado el valor de la inscripción correspondiente al año en cuestión al
Tesorero de ACEM-UDP.
• Al cumplir un año, podrá optar a una revalidación de su calidad de miembro activo,
cumpliendo con los siguientes requisitos:
- Que participe como comité de organización de por lo menos una actividad de la
academia al año y/o que asista a todas las asambleas citadas por la directiva.
- Que asista como mínimo a la votación de directiva a realizarse en el último
trimestre del año.
- Debe cancelar la revalidación a tesorería.
• Cada Miembro Activo tendrá derecho a:
o Voz y voto en las Asambleas Ordinarias de ACEM-UDP.
o Optar a los financiamientos y beneficios totales o parciales, ofrecidos a los
miembros de ACEM-UDP para el desarrollo y/o difusión de sus proyectos
de investigación.
o Proponer a otros miembros activos como DIRECTORES de ACEM-UDP,
luego de haber cumplido 1 año de antigüedad en la ACEM-UDP.
o Ser propuesto como DIRECTOR de ACEM-UDP, luego de haber cumplido
1 año de antigüedad en la ACEM-UDP.
o Disfrutar de los beneficios ofrecidos por ANACEM, mientras ACEM-UDP
sea miembro activo acreditado de dicha institución.
o Proponer modificaciones a los presentes estatutos, en caso de estimarlo
necesario, luego de haber cumplido 1 año de antigüedad en la ACEM-UDP.
2. MIEMBRO DIRECTIVO: Será miembro Directivo de ACEM-UDP aquel miembro
Activo que:
• Tenga 1 año de antigüedad como miembro Activo de ACEM-UDP.
• Sea propuesto por otro miembro Activo en la reunión correspondiente a las elecciones
anuales de Directivos de ACEM-UDP.
• Acepte el cargo para el que se le ha propuesto.
• Cada Miembro Directivo tendrá derecho a:
o Voz y voto en las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de ACEM-UDP.
o Optar a los financiamientos y beneficios totales o parciales, ofrecidos a los
miembros de ACEM-UDP para el desarrollo y/o difusión de sus proyectos
de investigación.
o Proponer a otros miembros activos como DIRECTORES de ACEM-UDP.
o Ser propuesto como DIRECTOR de ACEM-UDP.
o Disfrutar de los beneficios ofrecidos por ANACEM, mientras ACEM-UDP
sea miembro activo acreditado de dicha institución.
o Proponer modificaciones a los presentes estatutos, en caso de estimarlo
necesario.
o Votar para modificación de los Estatutos.
3. MIEMBRO TUTOR: Corresponde a un docente elegido y aceptado para orientar el
trabajo de ACEM-UDP
TITULO IV
DE LA ORGANIZACIÓN
Artículo 10ª
I. Acerca de la Organización de la ACEM-UDP.
ACEM-UDP estará conformada por el COMITÉ DIRECTIVO y por los MIEMBROS
ACTIVOS.
II. De los deberes de los DIRECTORES y del COMITÉ DIRECTIVO.
i. Deberes específicos de los DIRECTORES: a. Representar a ACEM-UDP
ante las demás organizaciones estudiantiles, Centro de Alumnos,
Autoridades de la Universidad Diego Portales, Asociación Nacional
Científica de Estudiantes de Medicina (ANACEM), etc.
ii. Planificar el CICLO DE ACTIVIDADES de todo el periodo académico del
año siguiente.
iii. Coordinar y verificar el buen funcionamiento de cada delegado del Comité
Directivo.
iv. Mantener reuniones periódicas con las Autoridades de la Escuela de
Medicina, con fin de coordinar el Ciclo de Actividades con el plan curricular
de la Escuela, y de colaboración en las posibles problemáticas surgidas en el
funcionamiento de la ACEM-UDP.
v. Todos los cargos pueden tener un Sub-delegado asociado, el cual será
designado por el Directivo correspondiente.
III. Deberes específicos de cada integrante del COMITÉ DIRECTIVO:
i. Presidente: Liderar y ser la cara visible de ACEM-UDP. Deberá guiar y
fiscalizar el correcto funcionamiento de la Academia tanto en su aspecto
global como individual.
ii. Vicepresidente: Apoyar al Presidente y cumplir con sus obligaciones en caso
de que este esté incapacitado de hacerlo.
iii. Secretario: lleva registro de cada reunión de la Academia, y de las
resoluciones adoptadas en éstas. Mantener una base de datos con los
Miembros de la Sociedad, y otros profesionales dispuestos a cooperar con
los Miembros de la misma.
iv. Tesorero y captación de recursos: encargado de llevar la contabilidad de la
Academia, control de ingresos, egresos; y buscar las formas de
financiamiento de las actividades de la ACEM-UDP.
v. Delegado de comunicaciones: encargado de entregar informativos
periódicos sobre las actividades de la academia, a través del sitio web
www.acemudp.cl y otros medios de comunicación a los miembros de la
academia y/o correos masivos a todos los alumnos de la Escuela de
Medicina.
vi. Delegado ANACEM: actuar como representante de la ACEM-UDP en las
reuniones y actividades de la ANACEM.
vii. Delegado de actividades: encargado del apoyo, coordinación y realización
de las actividades anuales de la academia.
viii. Representantes de nivel: actuar como interlocutor entre cada nivel (de 1º a
5º año) y las decisiones tomadas a nivel de la directiva de ACEM-UDP.
ix. Past-President: encargado de apoyar a la actual directiva, según su propia
disponibilidad; permitiendo la continuidad de las actividades ya realizadas
por la directiva anterior.
IV. Sobre la Elección de los DIRECTORES y del COMITÉ DIRECTIVO.
i. La elección de los DIRECTORES se realizará durante el último trimestre
del año. El mismo día de la elección, será el primer día de gestión de la
nueva Directiva de ACEM- UDP .
ii. Los candidatos deben ser Miembros Activos y deberán ser presentados por
otro Miembro Activo o manifestar su interés propio por tomar un cargo.
iii. Cada Miembro con derecho a voto podrá votar por un candidato a cada
cargo.
iv. La votación se efectuará en “Asamblea Ordinaria” de la Academia, en forma
abierta, ordenada y a viva voz. Luego de que en la misma se hayan
presentado todos los candidatos.
v. Serán elegidos como los DIRECTORES de ACEM-UDP, los candidatos que
obtengan la primera mayoría de los votos.
vi. Para el cargo de Presidente deberá postularse a un Miembro Activo que ya
haya participado de forma activa en la directiva de la academia en algún
período previo.
vii. En el caso del Delegado de ANACEM será el sub-delegado quién asumirá el
cargo en caso de quererlo, por lo que se votará sólo por el cargo de subdelegado.
viii. Si un directivo renuncia a su cargo, será el presidente el encargado de
asignar a un miembro activo para ese cargo durante el período restante.
TITULO VI
DEL CICLO DE ACTIVIDADES
Artículo 11ª
DEFINICIÓN: Corresponde a una serie periódica de Actividades Científicas destinadas a
los alumnos y profesionales del área de la Salud interesados, con prioridad para los
miembros de la ACEM-UDP. Comprenderán temas de interés para los miembros y
relacionados con el objetivo de la academia.
Estas son:
• Charlas
• Conferencias
• Cursos
• Prácticos
• Jornadas
• MiniCongresos
• Congresos
En la primera Asamblea Ordinaria de cada año se presentará el programa del Ciclo de
Actividades correspondiente, el cual podrá ser modificado durante el transcurso del período
en cuestión.
Articulo 12ª
El DELEGADO DE ACTIVIDADES estará a cargo de la coordinación y ejecución del
Ciclo de Actividades, en conjunto con un encargado del desarrollo y ejecución de cada
actividad, el cual deberá ser Miembro Activo de la ACEM-UDP y debe tener el interés y la
motivación para su gestión. Todo el COMITÉ DIRECTIVO estará a disposición para las
diferentes tareas que el coordinador del evento disponga, además de los miembros activos
que serán convocados a asamblea para su participación en cada actividad.
Articulo 14ª
El programa del Ciclo de Actividades de cada año tendrá que ser aprobado por la Directiva
de la Academia.
TITULO VII
DE LA DIFUSIÓN
Artículo 15ª
El sitio Web www.acemudp.bligoo.cl y sus distintas redes sociales serán el medio de
comunicación oficial de la academia, en conjunto con un sistema de e-mails masivos a los
alumnos de la escuela de medicina de la Universidad Diego Portales y su espacio en la web
de la Facultad. Estos medios permitirán la difusión del trabajo de la misma, así como
proveerán a los Miembros la información de interés y asuntos relacionados con la
Academia. Es deber del Delegado de Comunicaciones publicar en ambos medios toda
información dirigida a la academia.
TITULO VIII
DE LA MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS
Artículo 16ª
Las modificaciones al presente estatuto sólo podrán ser propuestos por aquellos miembros
que: - Lleven participando activa y responsablemente por 1 año y que no hayan sido
amonestados por incurrir en falta a los presentes estatutos. - Deberá ser presentada a la
DIRECTIVA, a modo de proyecto, indicando la causa y finalidad de ésta por escrito. -
Deberá ser evaluada y votada por la DIRECTIVA. - Estas modificaciones podrán llevarse a
cabo sólo con la aprobación del 50% + 1 de los DIRECTIVOS.
Artículo 17ª
Otras consideraciones: - Cualquier actividad realizada por ACEM-UDP estará normada
por los presentes estatutos. - En caso de suceder una situación no contemplada en estos
estatutos, es responsabilidad de los DIRECTORES, analizar y normar dicha situación en
consulta con los Miembros Activos, y de ser necesario según su magnitud, solicitar
cooperación a la Dirección de Escuela.
TÍTULO IX
DE LA OFICINA DE ACEM-UDP
Artículo 18o
La oficina de la ACEM-UDP, ubicada en Ejército Libertador 233, Santiago, oficina 415,
será el sitio de reunión oficial para todas las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias.
Tendrán acceso a ella (llave) todos los Miembros Directivos del período correspondiente.
TÍTULO X
DE LOS FONDOS
Artículo 19ª
Los fondos de la ACEM-UDP serán de uso exclusivo para cumplir con el CICLO DE
ACTIVIDADES y con las MEMBRESÍAS correspondientes a las diferentes instituciones.
Serán administradas por el Tesorero, el cual deberá rendir las cuentas de manera anual y
cuando sea solicitado por la DIRECTIVA.
Santiago, Diciembre de 2012
DE LA DEFINICIÓN
Artículo 1ª
La Academia Científica de Estudiantes de Medicina de la Universidad Diego Portales,
(ACEM-UDP), es una agrupación que integra a Estudiantes de Medicina de la Facultad de
Medicina que pretende crear un espacio dentro de la Universidad para los alumnos que se
interesen en la investigación y el desarrollo científico, para que puedan reunirse y realizar
distintas actividades relacionadas con este tema. No obstante, ACEM-UDP será motor de
actividades que incluyan temas no científicos como Educación Médica, Bioética,
Relaciones entre la medicina y otros temas, con el fin de entregar una perspectiva global al
estudiante de Medicina.
Artículo 2ª
ACEM-UDP, en su funcionamiento es independiente de otras organizaciones estudiantiles u
otras formas de participación de los estudiantes, docentes y profesionales, sean del área de
la investigación o de otra, tanto dentro como fuera de la Universidad. Por lo tanto, no ha
lugar ninguna posición política, religiosa, u otro parámetro discriminativo dentro de la
Academia. No se hará referencia pública de ninguno de los temas anteriormente
mencionados.
Artículo 3ª
Se podrá trabajar en conjunto con el Centro de Estudiantes de Medicina, con la FEDEP, con
la Dirección de Escuela y con cualquier otro organismo que sea pertinente a cada caso en
particular. Propendiendo al desarrollo de investigación, contribuyendo así a la formación
integral del alumno de medicina que tenga mayor interés en esta área.
Artículo 4°
ACEM-UDP está ubicada físicamente en el edificio de la Facultad de Medicina de la
Universidad Diego Portales, en Ejército Libertador n°233, oficina 415, Santiago de Chile.
TITULO II
DE LOS OBJETIVOS
Toda acción o proyecto de ACEM-UDP, se desarrollará en relación a cuatro bases:
Formación, Ética, Gestión, Excelencia, sobre las cuales se construirá el sistema de trabajo y
constituirá los medios y objetivos de la academia.
1. Formación del desarrollo del pensamiento científico: el objetivo de la ACEM-UDP, es
complementar el crecimiento y desarrollo de sus participantes, en el área científica
motivando el diálogo y el intercambio de conocimientos, opiniones e información entre los
mismos y su autoformación. Se debe velar porque cada acción realizada genere el mayor
rendimiento en cuanto a la experiencia para su crecimiento, incentivando la utilización de
los conocimientos adquiridos en el taller de investigación.
2. Ética, en base a los conceptos de la bioética actual y su futuro desarrollo. Las acciones
realizadas por ACEM-UDP, deben ser cuestionadas y revisadas a luz de los conceptos de
no maleficencia, además orientando las mismas a los principios de beneficencia, dándole
énfasis al desarrollo tanto académico como personal; justicia, permitiendo a todo aquel que
se interese a participar activamente de la generación de ideas, proyectos y actividades,
autonomía, permitiendo la libre elección de temas y actividades a desarrollar en el contexto
de la ACEM-UDP.
3. Gestión, es parte de la investigación científica y de la práctica del profesional de la salud
también; la capacidad de generar un proyecto, obtener financiamiento, apoyo, generar
interés en el mismo, el concepto de los tiempos, del liderazgo, del rol de cada integrante
dentro de un equipo, etc. no solo representan una ayuda para la labor científica, sino que
cada día se vuelven más imprescindibles. Este deberá ser incluido, como parte de las
habilidades que el participante desarrollará a través de las acciones realizadas. Será aplicada
en las todas las actividades de los miembros.
4. Excelencia, será intención de la ACEMUDP, motivar, sin restringir, a sus participantes a
buscar mayores beneficios, tanto para ellos, como a los beneficiados por su trabajo, al
momento de plantearse sus proyectos a desarrollar, buscando aproximarse a entender y
estudiar las problemáticas de nuestra sociedad, siendo la excelencia un medio para lograr
estos objetivos.
Artículo 5º
Promover la investigación, estudio y difusión de la ciencia entre los Estudiantes del Área de
la Salud. Además, se preocupará de otros temas relevantes, no necesariamente científicos,
para la formación médica.
Artículo 6º
Fomentar las actividades científicas de los Estudiantes del Área de la Salud en el campo
teórico y experimental.
Artículo 7º
Promover la excelencia académica de los Estudiantes del Área de la Salud, y su
participación en las actividades universitarias, que aporten a su desarrollo profesional.
Artículo 8º
Para dar cumplimiento a los artículos 5º, 6º y 7º, de ACEM-UDP se propone:
a) Estimular, a través de una difusión adecuada, el interés de la comunidad por conocer
la ciencia, y utilizar las diferentes técnicas que nacen de ella.
b) Realizar un CICLO DE ACTIVIDADES, dirigido a los alumnos de la Facultad,
interesados en participar de ACEM-UDP, en que se revisen los temas que se
consideren apropiados para el cumplimiento de los artículos señalados y el posterior
desarrollo de los alumnos interesados en seguir como miembros. Este ciclo se
realizara planificado por los DIRECTORES y los miembros de ACEM-UDP; y
coordinado con el Centro de Alumnos de Medicina y con las Autoridades de la
Escuela según corresponda.
c) Realizar reuniones periódicas (Asambleas Ordinarias), para organizar y evaluar los
contenidos a tratar en el CICLO DE ACTIVIDADES mencionado en el punto b), así
como organizar otras actividades anexas (Asambleas Extraordinarias) que
complementen los objetivos del mismo.
d) Relacionarse con entidades nacionales y extranjeras que desarrollen actividades
científicas y/o formativas manteniendo eficientes conductos de información con la
ACEM-UDP.
e) Incentivar y apoyar la asistencia y participación de alumnos investigadores a
congresos nacionales y extranjeros, intermediando con los organismos
correspondientes para facilitarles dicha participación en lo académico y económico.
f) Realizar Reuniones Científicas, en las cuales los miembros activos expongan,
comenten y discutan sus trabajos de investigación, en forma periódica.
g) Mantener eficientes conductos de comunicación entre los miembros de ACEM-UDP
con el Centro de Alumnos de Medicina, con la Dirección de Escuela y con otros
organismos que sean pertinentes.
TITULO III
DE LOS MIEMBROS
Artículo 9ª
ACEM-UDP para efectos de Organización y un eficiente manejo administrativo estará
formada por distintas calidades de miembros, los que se definirán a continuación: Para optar
a ser miembro se deberá cumplir primero con los siguientes requisitos:
Requisitos para postular a ser miembro:
Ser alumno regular de la Facultad de Medicina de la Universidad Diego Portales. - Conocer
y adoptar el Estatuto vigente de ACEM-UDP.
1.- MIEMBRO ACTIVO: Será Miembro Activo de ACEM-UDP, aquel estudiante de
Medicina de la Universidad Diego Portales que: - Que cumpla con los siguientes puntos:
• Que haya cancelado el valor de la inscripción correspondiente al año en cuestión al
Tesorero de ACEM-UDP.
• Al cumplir un año, podrá optar a una revalidación de su calidad de miembro activo,
cumpliendo con los siguientes requisitos:
- Que participe como comité de organización de por lo menos una actividad de la
academia al año y/o que asista a todas las asambleas citadas por la directiva.
- Que asista como mínimo a la votación de directiva a realizarse en el último
trimestre del año.
- Debe cancelar la revalidación a tesorería.
• Cada Miembro Activo tendrá derecho a:
o Voz y voto en las Asambleas Ordinarias de ACEM-UDP.
o Optar a los financiamientos y beneficios totales o parciales, ofrecidos a los
miembros de ACEM-UDP para el desarrollo y/o difusión de sus proyectos
de investigación.
o Proponer a otros miembros activos como DIRECTORES de ACEM-UDP,
luego de haber cumplido 1 año de antigüedad en la ACEM-UDP.
o Ser propuesto como DIRECTOR de ACEM-UDP, luego de haber cumplido
1 año de antigüedad en la ACEM-UDP.
o Disfrutar de los beneficios ofrecidos por ANACEM, mientras ACEM-UDP
sea miembro activo acreditado de dicha institución.
o Proponer modificaciones a los presentes estatutos, en caso de estimarlo
necesario, luego de haber cumplido 1 año de antigüedad en la ACEM-UDP.
2. MIEMBRO DIRECTIVO: Será miembro Directivo de ACEM-UDP aquel miembro
Activo que:
• Tenga 1 año de antigüedad como miembro Activo de ACEM-UDP.
• Sea propuesto por otro miembro Activo en la reunión correspondiente a las elecciones
anuales de Directivos de ACEM-UDP.
• Acepte el cargo para el que se le ha propuesto.
• Cada Miembro Directivo tendrá derecho a:
o Voz y voto en las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de ACEM-UDP.
o Optar a los financiamientos y beneficios totales o parciales, ofrecidos a los
miembros de ACEM-UDP para el desarrollo y/o difusión de sus proyectos
de investigación.
o Proponer a otros miembros activos como DIRECTORES de ACEM-UDP.
o Ser propuesto como DIRECTOR de ACEM-UDP.
o Disfrutar de los beneficios ofrecidos por ANACEM, mientras ACEM-UDP
sea miembro activo acreditado de dicha institución.
o Proponer modificaciones a los presentes estatutos, en caso de estimarlo
necesario.
o Votar para modificación de los Estatutos.
3. MIEMBRO TUTOR: Corresponde a un docente elegido y aceptado para orientar el
trabajo de ACEM-UDP
TITULO IV
DE LA ORGANIZACIÓN
Artículo 10ª
I. Acerca de la Organización de la ACEM-UDP.
ACEM-UDP estará conformada por el COMITÉ DIRECTIVO y por los MIEMBROS
ACTIVOS.
II. De los deberes de los DIRECTORES y del COMITÉ DIRECTIVO.
i. Deberes específicos de los DIRECTORES: a. Representar a ACEM-UDP
ante las demás organizaciones estudiantiles, Centro de Alumnos,
Autoridades de la Universidad Diego Portales, Asociación Nacional
Científica de Estudiantes de Medicina (ANACEM), etc.
ii. Planificar el CICLO DE ACTIVIDADES de todo el periodo académico del
año siguiente.
iii. Coordinar y verificar el buen funcionamiento de cada delegado del Comité
Directivo.
iv. Mantener reuniones periódicas con las Autoridades de la Escuela de
Medicina, con fin de coordinar el Ciclo de Actividades con el plan curricular
de la Escuela, y de colaboración en las posibles problemáticas surgidas en el
funcionamiento de la ACEM-UDP.
v. Todos los cargos pueden tener un Sub-delegado asociado, el cual será
designado por el Directivo correspondiente.
III. Deberes específicos de cada integrante del COMITÉ DIRECTIVO:
i. Presidente: Liderar y ser la cara visible de ACEM-UDP. Deberá guiar y
fiscalizar el correcto funcionamiento de la Academia tanto en su aspecto
global como individual.
ii. Vicepresidente: Apoyar al Presidente y cumplir con sus obligaciones en caso
de que este esté incapacitado de hacerlo.
iii. Secretario: lleva registro de cada reunión de la Academia, y de las
resoluciones adoptadas en éstas. Mantener una base de datos con los
Miembros de la Sociedad, y otros profesionales dispuestos a cooperar con
los Miembros de la misma.
iv. Tesorero y captación de recursos: encargado de llevar la contabilidad de la
Academia, control de ingresos, egresos; y buscar las formas de
financiamiento de las actividades de la ACEM-UDP.
v. Delegado de comunicaciones: encargado de entregar informativos
periódicos sobre las actividades de la academia, a través del sitio web
www.acemudp.cl y otros medios de comunicación a los miembros de la
academia y/o correos masivos a todos los alumnos de la Escuela de
Medicina.
vi. Delegado ANACEM: actuar como representante de la ACEM-UDP en las
reuniones y actividades de la ANACEM.
vii. Delegado de actividades: encargado del apoyo, coordinación y realización
de las actividades anuales de la academia.
viii. Representantes de nivel: actuar como interlocutor entre cada nivel (de 1º a
5º año) y las decisiones tomadas a nivel de la directiva de ACEM-UDP.
ix. Past-President: encargado de apoyar a la actual directiva, según su propia
disponibilidad; permitiendo la continuidad de las actividades ya realizadas
por la directiva anterior.
IV. Sobre la Elección de los DIRECTORES y del COMITÉ DIRECTIVO.
i. La elección de los DIRECTORES se realizará durante el último trimestre
del año. El mismo día de la elección, será el primer día de gestión de la
nueva Directiva de ACEM- UDP .
ii. Los candidatos deben ser Miembros Activos y deberán ser presentados por
otro Miembro Activo o manifestar su interés propio por tomar un cargo.
iii. Cada Miembro con derecho a voto podrá votar por un candidato a cada
cargo.
iv. La votación se efectuará en “Asamblea Ordinaria” de la Academia, en forma
abierta, ordenada y a viva voz. Luego de que en la misma se hayan
presentado todos los candidatos.
v. Serán elegidos como los DIRECTORES de ACEM-UDP, los candidatos que
obtengan la primera mayoría de los votos.
vi. Para el cargo de Presidente deberá postularse a un Miembro Activo que ya
haya participado de forma activa en la directiva de la academia en algún
período previo.
vii. En el caso del Delegado de ANACEM será el sub-delegado quién asumirá el
cargo en caso de quererlo, por lo que se votará sólo por el cargo de subdelegado.
viii. Si un directivo renuncia a su cargo, será el presidente el encargado de
asignar a un miembro activo para ese cargo durante el período restante.
TITULO VI
DEL CICLO DE ACTIVIDADES
Artículo 11ª
DEFINICIÓN: Corresponde a una serie periódica de Actividades Científicas destinadas a
los alumnos y profesionales del área de la Salud interesados, con prioridad para los
miembros de la ACEM-UDP. Comprenderán temas de interés para los miembros y
relacionados con el objetivo de la academia.
Estas son:
• Charlas
• Conferencias
• Cursos
• Prácticos
• Jornadas
• MiniCongresos
• Congresos
En la primera Asamblea Ordinaria de cada año se presentará el programa del Ciclo de
Actividades correspondiente, el cual podrá ser modificado durante el transcurso del período
en cuestión.
Articulo 12ª
El DELEGADO DE ACTIVIDADES estará a cargo de la coordinación y ejecución del
Ciclo de Actividades, en conjunto con un encargado del desarrollo y ejecución de cada
actividad, el cual deberá ser Miembro Activo de la ACEM-UDP y debe tener el interés y la
motivación para su gestión. Todo el COMITÉ DIRECTIVO estará a disposición para las
diferentes tareas que el coordinador del evento disponga, además de los miembros activos
que serán convocados a asamblea para su participación en cada actividad.
Articulo 14ª
El programa del Ciclo de Actividades de cada año tendrá que ser aprobado por la Directiva
de la Academia.
TITULO VII
DE LA DIFUSIÓN
Artículo 15ª
El sitio Web www.acemudp.bligoo.cl y sus distintas redes sociales serán el medio de
comunicación oficial de la academia, en conjunto con un sistema de e-mails masivos a los
alumnos de la escuela de medicina de la Universidad Diego Portales y su espacio en la web
de la Facultad. Estos medios permitirán la difusión del trabajo de la misma, así como
proveerán a los Miembros la información de interés y asuntos relacionados con la
Academia. Es deber del Delegado de Comunicaciones publicar en ambos medios toda
información dirigida a la academia.
TITULO VIII
DE LA MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS
Artículo 16ª
Las modificaciones al presente estatuto sólo podrán ser propuestos por aquellos miembros
que: - Lleven participando activa y responsablemente por 1 año y que no hayan sido
amonestados por incurrir en falta a los presentes estatutos. - Deberá ser presentada a la
DIRECTIVA, a modo de proyecto, indicando la causa y finalidad de ésta por escrito. -
Deberá ser evaluada y votada por la DIRECTIVA. - Estas modificaciones podrán llevarse a
cabo sólo con la aprobación del 50% + 1 de los DIRECTIVOS.
Artículo 17ª
Otras consideraciones: - Cualquier actividad realizada por ACEM-UDP estará normada
por los presentes estatutos. - En caso de suceder una situación no contemplada en estos
estatutos, es responsabilidad de los DIRECTORES, analizar y normar dicha situación en
consulta con los Miembros Activos, y de ser necesario según su magnitud, solicitar
cooperación a la Dirección de Escuela.
TÍTULO IX
DE LA OFICINA DE ACEM-UDP
Artículo 18o
La oficina de la ACEM-UDP, ubicada en Ejército Libertador 233, Santiago, oficina 415,
será el sitio de reunión oficial para todas las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias.
Tendrán acceso a ella (llave) todos los Miembros Directivos del período correspondiente.
TÍTULO X
DE LOS FONDOS
Artículo 19ª
Los fondos de la ACEM-UDP serán de uso exclusivo para cumplir con el CICLO DE
ACTIVIDADES y con las MEMBRESÍAS correspondientes a las diferentes instituciones.
Serán administradas por el Tesorero, el cual deberá rendir las cuentas de manera anual y
cuando sea solicitado por la DIRECTIVA.
Santiago, Diciembre de 2012